NORMAS
La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del
comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar
aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos. Se diferencia de otras normas de
conducta en su carácter heterónomo (impuesto por otro), bilateral (frente al sujeto obligado a
cumplir la norma, existe otro facultado para exigir su cumplimiento), coercible (exigible por medio de sanciones dada la posibilidad legítima de
recurrir al uso de la fuerza socialmente organizada en caso de su
incumplimiento) y externo (importa el cumplimiento de la
norma, no el estar convencido de la misma).[1] Las normas jurídicas pueden
diferenciarse de las reglas
del Derecho, porque las primeras tienen
intención prescriptiva, mientras que las reglas tienen carácter descriptivo.
Además, el término está muy relacionado con el de Derecho. A este último concepto pueden
atribuírsele diferentes sentidos, siendo uno de los más recurrentes el de ordenamiento o sistema de normas jurídicas.
La relación entre ordenamiento
jurídico
y norma es la que existe entre el todo y una parte. Es de carácter
cuantitativo. El ordenamiento jurídico está formado por el conjunto de las
normas jurídicas. Es común que se confunda el concepto de norma jurídica con el
de ley
o legislación; sin embargo, la ley es un tipo de
norma jurídica, pero no todas las normas son leyes, dado que también son normas
jurídicas los reglamentos, órdenes ministeriales, decretos y, en general, cualquier acto administrativo que genere obligaciones o derechos. También son normas
jurídicas las que emanan de actos y contratos celebrados entre particulares o
entre estos y organismos públicos cuando actúan como particulares, sujetándose
a las prescripciones de Derecho privado.
PAGINA DE INTERNET:http://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
ÉTICA
La ética
es una rama de la filosofía que se ocupa del estudio racional
de lamoral, la virtud, el deber, la felicidad y el buen vivir.[1] Requiere la reflexión y la
argumentación. El estudio de la ética se remonta a los orígenes mismos de la
filosofía en la Antigua Grecia, y su desarrollo histórico ha sido
amplio y variado.
La ética estudia qué es lo moral,
cómo se justifica racionalmente un sistema moral, y cómo se ha de aplicar
posteriormente a nivel individual y a nivel social. En la vida cotidiana
constituye una reflexión sobre el hecho moral, busca las razones que justifican
la adopción de un sistema moral u otro.
Una doctrina ética elabora y
verifica afirmaciones o juicios determinados. Una sentencia ética, juicio moral
o declaración normativa es una afirmación que contendrá términos tales como
“bueno”, “malo”, “correcto”, “incorrecto”, “obligatorio”, “permitido”, etc.,
referidos a una acción, una decisión o incluso también las intenciones de quien
actúa o decide algo. Cuando se emplean sentencias éticas se está valorando
moralmente a personas, situaciones, cosas o acciones. Se establecen juicios
morales cuando, por ejemplo, se dice: “Ese hombre es malo”, “no se debe matar”,
etc. En estas declaraciones aparecen los términos “malo”, “no se debe”, etc.,
que implican valoraciones de tipo moral. La palabra ética proviene del latín ethĭcus, y este del griego antiguo ἠθικός o, transcrito a nuestro
alfabeto, êthicós. Según algunos autores, es
correcto diferenciar êthos, que significa ‘carácter’, de ethos, que significa ‘costumbre’, pues
“ética” se sigue de aquel sentido y no es éste. Según una corriente «clásica»,
la ética tiene como objeto los actos que el ser humano realiza de modo
consciente y libre (es decir, aquellos actos sobre los que ejerce de algún modo
un control racional). No se limita sólo a ver cómo se realizan esos actos, sino
que busca emitir un juicio sobre estos, que permite determinar si un acto ha
sido éticamente bueno o éticamente malo.
PAGINA DE INTERNET:http://es.wikipedia.org/wiki/%C3%89tica
VALORES
El
Valle de Lecrín presenta un rico y variado patrimonio eco cultural, entendido
como el conjunto de bienes de valor histórico, artístico, científico y natural,
herencia acumulada durante siglos y huella de la íntima relación entre hombre y
medio, que aparte de su valor como referente de la identidad comarca¡, puede
convertirse en un factor potenciador de nuevas iniciativas de desarrollo
económico y social. El necesario nivel de compatibilidad entre el respeto a los
valores inherentes al patrimonio con su propia capacidad para generar
desarrollo, garantizando la conservación, acrecentamiento y transmisión a las
futuras generaciones, es motivo suficiente para su análisis e inclusión como
parámetro de valorización del territorio, con especial incidencia sobre los
bienes culturales declarados monumentales o de alto valor etnológico y aquellos
elementos del patrimonio natural que por su singularidad o fragilidad de sus
ecosistemas son objeto de protección y de regulación de uso a través de alguna
de las figuras de protección medioambiental existentes. El patrimonio cultural
puede ser entendido como las propias señas de identidad de la población, es
decir, aquellas tradiciones, costumbres, modos de vida, valores y formas de
relación social que hoy son referentes de una identidad local o comarca¡
percibida como herencia colectiva, creada, transformada y transmitida de
generación en generación. Estas señas de identidad constituyen el legado
colectivo que se condensa en la historia local, se manifiesta en una serie de
costumbres y de saberes y se materializa en edificaciones y en "paisajes
culturales".
PAGINA DE INTERNET:http://www.adurcal.com/mancomunidad/viabilidad/25.htm